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Desacato en infracciones iniciarán a partir del ingreso de las boletas en el sistema de la ATTT

La tarde de este jueves se publicó en Gaceta Oficial la Resolución N° 23 , que establece que el período de desacato de treinta (30) días en las infracciones de tránsito manuales empezarán a contar a partir del ingreso de las boletas en el sistema de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).

Durante una sesión ordinaria celebrada el pasado 26 de abril, parte de la Junta Directiva de la ATTT, aprobó la resolución existiendo un quórum de once (11) de los diecisiete (17) miembros con derecho a voto.

El documento señala que es necesario fijar el momento en que inicia el cómputo de los 30 días para que se dé el recargo adicional del diez (10%), a fin de que los usuarios concurran a la institución a cancelar sus deudas provenientes de las infracciones menores al Reglamento de Tránsito en que han incurrido y evitar con ellos el desacato y que la ATTT proceda a suspender y retener la licencia de conducir.

Esto, en cumplimiento de los establecido en los artículos 239 y 240 del Decreto Ejecutivo N°640 de 27 de diciembre de 2006.

La Resolución que lleva la firma del presidente de la Junta Directiva de la ATTT, Dennis Allen y del secretario,Julio González empezará a regir a los 30 días calendarios, a partir de su promulgación.

FUENTE: Odalis Núñez